✍🏻 TUTORIAL para hacer una RECLAMACIÓN PREVIA al INSS

✍🏻 TUTORIAL para hacer una RECLAMACIÓN PREVIA al INSS

la reclamación previa es el primer paso para poder reclamar una incapacidad permanente es un paso obligatorio pero no existe un formulario o modelo a seguir por parte de leeds como se hace te lo explicamos bienvenidos a un nuevo vídeo divulgativo hoy os hablaré acerca de cómo se debe realizar una reclamación previa cuando se os ha denegado la incapacidad permanente cuáles son las claves para redactarla pero antes de entrar en materia recuerda que dispones de manera totalmente gratuita de la calculadora de incapacidad permanente en nuestra página web que te servirá para hacer una primera aproximación un primer estudio y ver si cumples con los requisitos para poder acceder a una incapacidad si te interesa pulsa aquí arriba pues bien cuando el inss deniega una incapacidad permanente antes de poder poner una demanda judicial para que un juez valore vuestro caso y decida si os corresponde o no el reconocimiento de una incapacidad se debe presentar de manera obligatoria la reclamación previa a la vía judicial ante leeds en este caso debes tener en cuenta que los plazos son los siguientes para presentar la reclamación previa tanto si la resolución ha sido expresa o por silencio administrativo se disponen de 30 días hábiles es decir no cuentan ni fines de semana ni festivos y una vez se presenta la reclamación previa el inss tiene 45 días hábiles es decir de nuevo sin tener en cuenta ni fines de semana ni festivos para contestar en caso que por parte del inss no se emita esta resolución contestando la reclamación previa en este plazo se entiende que ha sido desestimada por silencio administrativo y ya se puede presentar la demanda judicial ante el juzgado para muchos otros trámites y solicitudes existen diferentes formularios disponibles en la página web de la seguridad social pero no es el caso de las reclamaciones previas que se trata de escritos podríamos decir libres no que se pueden presentar ante el inss y ahí reside su complejidad no porque la gente a veces va muy perdida y además es un escrito que depende de lo que se ponga luego nos puede condicionar mucho a la hora de pelear por esa incapacidad permanente que ha sido denegada pues bien por dónde empezamos no en primer lugar el escrito debe constar o se debe hacer constar el número de expediente de la resolución que lo veréis arriba del todo de la resolución que deniega la incapacidad los datos del trabajador y los datos del abogado en caso que la reclamación previa sea realizada por un abogado no es obligatorio pero nosotros lo aconsejamos porque como os decimos depende de lo que se ponga la reclamación previa se pueden tener bastantes problemas posteriormente para que se acabe reconociendo la incapacidad permanente pues bien como os decía el número de expediente de datos del trabajador datos del abogado y comenzamos poniendo un poco en antecedentes de cómo se ha llegado hasta esa resolución cuando se inició la baja si es que estaba de baja médica esta vez de baja médica en ese momento y la cuando llega la resolución del inss denegatoria en capacidad etcétera etcétera continuando con las alegaciones a continuación lo que se debe hacer es recoger que ha sido reconocido por el inss es decir qué enfermedades qué limitaciones se reflejan en la resolución que se impugna y posteriormente explicar por qué no estamos de acuerdo con esa de cuadro médico que ha sido reconocido y con el hecho de que no se haya reconocido una incapacidad y esto como se hace pues en primer lugar alegando que enfermedades o limitaciones se considera que presenta es no consideráis que tenéis y en segundo lugar aportando si creéis oportuno los informes médicos que así lo demuestre vale que expliquen precisamente pues esas enfermedades que vosotros consideráis que nos han tenido en cuenta o que no se han valorado debidamente en principio estos informes si ya fueron aportados a la valoración efectuada por la inspección médica ya los dispone el link ya los tiene entonces se pueden citar se pueden explicar pero no es obligatorio adjuntar los con la reclamación previa de hecho nosotros aconsejamos a hacerlo cuando se trata de informes posteriores que no pudieron ser valorados no en ese momento que por parte de la inspección médica se os valora y además también es aconsejable mencionar a hacer constar en la reclamación pues la legislación o la jurisprudencia es decir sentencias de casos parecidos al vuestro que apoyan esa causa por la cual presenta en la reclamación que es que ese órgano conozca una incapacidad permanente y finalmente también se debe hacer constar que esto es muy importante el grado de incapacidad permanente que considera es que se os debe reconocer como habéis podido ver puede ser un poco complejo para alguien que no sea abogado o que no esté acostumbrado a realizar escritos de este tipo nov por eso como os decía antes nosotros recomendamos que la hagáis a través de un abogado o que como mínimo os asesores por parte de uno a la hora de realizar la reclamación previa porque como os decía puede condicionar mucho el devenir posterior de ese procedimiento en el cual se reclama el reconocimiento de una incapacidad y por último también recordaros que realmente las reclamaciones previas son muy pocas veces estimadas por parte del ente que quiere decir esto que por regla general se suelen denegar no porque esa reclamación la presenta es contra el organismo que previamente ya ha dicho que no entonces es muy difícil que cambien de opinión pero como os decía es un primer paso que es obligatorio la ley obliga a hacerlas antes de poder ir al juicio y también como os decía antes es importante que aunque no sean estimadas esta reclamación estén bien redactadas y sean lo más coherentes posibles porque si no luego puede perjudicarlos a la hora de en sede judicial es decir en el juicio esos puedan reconocer la incapacidad por parte de un huerto y este ha sido el vídeo de hoy espero que os haya gustado y antes de acabar recordaros que si queréis tener a vuestra disposición un abogado que os conteste en 24 horas todas las dudas que tengáis sobre seguridad social y derecho laboral tenéis a vuestra disposición nuestro servicio de kaman premium una tarifa plana de consultas ilimitadas si os interesa pulsad aquí arriba [Música]

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