La respuesta del poder judicial

La respuesta del poder judicial

[Música] tenemos la suerte de contar con doña coche despeje elías magistral en la sala de lo penal de la audiencia nacional y conoce de mucho todas estas cuestiones y la pregunta que queríamos hacer la tiene que ver con la respuesta judicial que se está dando a la radicalización violenta sabemos que tenemos mucha trayectoria y conocimiento sobre el terrorismo y de hecho en europa somos valorados como uno de los países que mejor trabaja en la respuesta judicial contra el terrorismo la radicalización violenta hablar de estas cuestiones ha supuesto algún cambio o cuál es la respuesta judicial sí bueno la respuesta judicial tiene muchos puntos comunes con la respuesta que estábamos dando en materia de terrorismo de eta' es verdad que hay ciertas peculiaridades pero por ejemplo la reforma última que ha entrado en vigor planteaba precisamente si se podía haber producido algún tipo de despenalización de las conductas más graves que estaban pues como integración en organización terrorista en favor de las nuevas que se regulan autocapacitación entero capacitación y desplazados por terrorismo individual realmente casi todas las conductas tenían encaje en la normativa anterior en la relación que le dio la ley orgánica 5/2010 muchas de las conductas que aparecen en la actualidad en el artículo 577 estaban ya reguladas como actos de colaboración son siempre actos esos son fenómenos de progresión delictiva de tal manera que se empieza por los más leves como los de enaltecimiento y va subiendo a dos auto de entrenamiento de tensionamiento y los fenómenos de lo que pretendía realmente en la reforma como novedad por la preocupación de los organismos internacionales de dar respuesta al fenómeno de los terroristas individuales realmente no se ha pretendido en ningún aunque en algunas ocasiones en los juicios que hemos celebrado nos lo han alegado las defensas en ningún momento se ha pretendido despenalizar conductas que son susceptibles pues por la permanencia y por la intensidad en existencia a los fines de las organizaciones terroristas susceptibles de ser calificados como tipos más graves de pertenencia activa o incluso de jefatura en los cuales hemos condenado en algunos supuestos más o menos desde la entrada y ha habido unas ocho sentencias condenatorias de las distintas secciones de la audiencia precisamente por este tipo de delitos más graves las demás se han dictado en materia fundamentalmente de auto adoctrinamiento algunas también de captación jeter o de adoctrinamiento y algunas de supuestos de desplazados en los que hemos tenido en supuestos de desplazados muchos de ellos se han encarnado en un tema de organización es cierto que los fenómenos de radicalización islamista tienen determinadas peculiaridades en los que están enviando gente a territorios en conflicto está habiendo una sucesión importante de filiales de al qaeda que están defendiendo hasta trabajando bajo la misma bandera defendiendo en la misma las mismas finalidades terroristas de imposición violenta de la sharía y de establecer el primero a corto plazo el estado islámico en los países en los que actúan últimamente en siria y a la larga el califato global tenemos peculiaridades porque estamos tratando ya no tanto con organizaciones no ya inamovibles porque muchos pasan de al qaeda de irak ha llevado a las balsas al estado islámico de irak y levante después al dais pero realmente el tema son las células que se están planteando en los países europeos aquí hemos tenido y hay jurisprudencia y así lo hemos mantenido y se ha mantenido por el tribunal supremo- de que estas células yihadistas son organizaciones terroristas a todos los efectos positivos ya en la reforma del año 2010 se introdujo la equiparación punitiva entre lo que era la organización y grupo terrorista y estas células están actuando en países europeos aquí hemos condenado en supuestos en que había una célula trabajando en ceuta en connivencia con otras de marruecos y que hacían todo el proceso completo desde buscar la manera de crear una infraestructura en el país de destino para que se produjera la entrada de los combatientes a los fenómenos de captación de gente joven mediante exhibición de vídeos las reuniones personales reuniones en sitios apartados teóricos encuentros de fútbol muchos de ellos en huecos y se trabajaba conjuntamente se acompañaba se captaba los los fondos necesarios para la adquisición de los billetes para crear la infraestructura en el país de destino se buscaban enlaces para pasar desde turquía se facilitaba de teléfonos para que se mantuviera el control por parte de los miembros de la organización que estaban aquí respecto de los desplazados comunicaciones con las familias todo este tipo de cuestiones se plantearon en ese primer juicio en el primero que nosotros pusimos después de la entrada en vigor aunque el juicio se había celebrado con anterioridad y se condenó con el código penal anterior porque el nuevo no era más favorable fue la sentencia que se puso que en concreto puse yo en la sección segunda el sentencia de 30 de septiembre de 2015 a partir de allí de ahí ha habido otras hasta totalizar 8 en las diversas acciones de la unión el problema que se nos planteaba y que planteaba un reto importante era el tema de prueba hemos tenido al menos en ese procedimiento yo tuve la suerte de que contamos con una pericial de inteligencia fantástica el procedimiento y se inició a través de la policía por un lado y de la guardia civil por otro cuando se detectó por el juzgado que se estaba produciendo esa duplicidad se hizo a pericial de inteligencia completísima en la que se contaba montado con elementos objetivos que empezaban por acreditar la con la naturaleza de organización terrorista de avatares muy rápidos donde estaban produciéndose las primeras incorporaciones a pesar de que en aquella época todavía no había sido declarada por las naciones unidas como organización terrorista se salió al paso porque se sabía cuál era el origen de esa organización los peritos lo acreditaron incluso documentalmente quienes habían sido los líderes que habían pasado a esa organización de donde procedían de dónde procedían los medios de dónde procedían los combatientes y en cualquier caso qué es lo que pretendían que evidentemente no era una cuestión de participar en una guerra civil contra el régimen del presidente sirio lo que se estaba haciendo era la imm por lo que se pretendía hacer es la imposición de la sharía y llegar finalmente al califato global todas esas actuaciones policiales y el trabajo conjunto de los dos cuerpos permitió llegar a lo que hay en este tipo de procedimientos lógicamente trabajas con una prueba indiciaria son como en casi todos los delitos de organizaciones criminales pero con mayor con estos terroristas lo que se pretende es dibujar la prueba y darle una apariencia de normalidad incluso los que salían para incorporarse a las filas de los combatientes sirios cambiaban su apariencia de manera contraria a la que estaban actuando es decir se para se daba una apariencia occidentalizada para pasar desapercibidos de hecho sacaban un pasaporte nuevo para que no aparecieran los datos anteriores se marchaban sin despedirse de la familia obviamente sin dinero porque todos esos gastos se hacía frente por ellos por los de las deudas de partida entonces bueno pues el reto para nosotros fue el conocer el funcionamiento de estas organizaciones internacionales que hasta el momento en que te pones a estudiar en profundidad pues le cuesta y luego pues ver la evolución que se iba produciendo y bueno pues contar con una prueba que nos permitiera establecer una prueba que desvirtuara la instrucción en la ciencia una prueba indiciaria sólida partiendo por de todo el material intervenido que fueron muchísimos vídeos muchísimos documental documentación y fotos incluso de los acusados con la bandera estado islámico y haciendo el signo de la unicidad valorando todas las pruebas que los seguimientos que fueron durante un año y tres meses muchísimos por parte de la policía y de la guardia civil de los encuentros salidas y entradas en territorio de marruecos actos de acompañamiento para la adquisición de los billetes de supervisión de los que eran más débiles para asegurarse de que llegaban hasta turquía ya llegan recibidos y se integraban es una labor de prueba fue un procedimiento muy largo y luego por la sentencia la verdad es que también fue muy larga porque yo creo de verdad que debe poner como 500 folios de resolución en cualquier caso esa fue la primera después hubo otra que fueron los de la mezquita de aquí de madrid y luego pues se han condenado en total en ocho supuestos y bueno pues creo que esa actuación conjunta y nos viene muy bien además reuniones como las que estamos haciendo porque nos permiten un conocimiento no jurídico pero sí de otras disciplinas que luego nos va a ser muy útil al relajar hacer nuestra función muchas gracias concha muchas gracias por aclararnos todo esto respecto a la respuesta de la justicia penal [Música]

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